Circular N° 34 de Justo Pérez Figueroa. 1909 octubre 11, Lima [para] señor Inspector de Instrucción Primaria de la Provincia de --

Informa que, en consideración que la cláusula 4a de la circular n° 16, enviada el 24 de mayo no especifica el alcance de la autorización. En la presente circular, aclara que el arrendamiento de locales para conservar el material escolar solo podrá efectuarse en casos excepcionales, debidamente justificados y previa autorización de ese despacho.
Descripción
Mecanografiado.
Sello de la "Biblioteca Nacional - Perú. OIB".
En papel membretado: "Dirección General de Instrucción Primaria".
Fecha
1909 octubre 11
Tipo de formato

application/pdf

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